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Código Financiero Artículo 294 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Financiero Veracruz
Artículo 294.

Los sistemas de auditoría interna permitirán:

I.Verificar el cumplimiento de normas, objetivos, políticas y lineamientos.

II.Promover la eficiencia y eficacia operativa.

III.La protección de los activos y la comprobación de la exactitud y confiabilidad de la información financiera y presupuestal.

La Contraloría podrá revisar y evaluar los sistemas de auditoría a través de sus órganos internos de control en las dependencias.



Estado de Veracruz Artículo 294 Código Financiero
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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