Código Financiero Artículo 331 Estado de Veracruz
Código Financiero
Artículo 331.
Cuando los municipios pretendan celebrar operaciones de financiamiento o la reestructuración de su deuda con o sin el aval del Gobierno del Estado, deberán:
I.Contar con la aprobación del Cabildo, en donde se otorgue la anuencia para afectar las participaciones que en ingresos federales les correspondan, así como para obtener el aval del Gobierno del Estado.
II.Solicitar y obtener autorización del Congreso para contratar el empréstito y afectar las participaciones que en ingresos federales le correspondan, así como para obtener el aval del Gobierno del Estado.
III.Gestionar el endeudamiento requerido, acompañando toda la información relativa a la necesidad, objeto y forma de pago.
IV.Cumplir con las reglas establecidas en la Ley de Disciplina.
Las entidades municipales al contratar operaciones de endeudamiento o reestructurar el servicio de su deuda con aval del Gobierno del Estado deberán de contar, además, con el acuerdo favorable
de su órgano de Gobierno. El endeudamiento de las entidades municipales estará invariablemente calendarizado y se ajustará a las demás previsiones en materia de deuda pública y financiamiento
Estado de Veracruz Artículo 331 Código Financiero
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Publique la información de sí mismo
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