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Código Financiero Artículo 80 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/05/2026

Código Financiero
Artículo 80.

Los delitos fiscales requieren la presentación de querella ante el Ministerio Público del fuero común, por el servidor público legitimado para ello.

El derecho para presentar la querella por delitos fiscales prescribe en cinco años, a partir de que la autoridad fiscal tenga conocimiento de la comisión del delito



Estado de Veracruz Artículo 80 Código Financiero
Artículo 1 ...78 bis 79 80 81 82 ...348

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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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