Código Fiscal Artículo 11 Estado de Chihuahua
Código Fiscal
Artículo 11.
Compete a la Secretaría de Hacienda:
I. Intervenir en toda clase de actos financieros y juicios, salvo disposición expresa del Gobernador, representando el interés de la Hacienda Pública Estatal por sí o por conducto de delegado. En este caso, siempre y cuando la función sea delegable;
II. Autorizar las erogaciones extraordinarias o imprevistas de recaudación y el pago por la adquisición de bienes o servicios que con carácter urgente sea necesario para el cumplimiento de las atribuciones, con cargo a las partidas que corresponda;
III. Declarar de oficio la caducidad de conformidad con las normas de este ordenamiento, y disponer de los depósitos que hubiere exigido por propia determinación, aplicando su importe en beneficio del erario estatal.
Cuando no sea posible determinar la fecha en que legalmente pueda exigirse su devolución o aplicación, se tomará como base la de la constitución del depósito para los mismos efectos;
IV. Cuidar, administrar, aplicar, destruir, rematar o vender, según proceda, conforme a las disposiciones legales aplicables, los bienes embargados o decomisados a favor del Gobierno Estatal por las autoridades judiciales o administrativas;
V. Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones impositivas;
VI. Practicar visitas, inspecciones y reconocimientos, con objeto de asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales;
VII. Establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública estatal, con la participación de las dependencias que corresponda;
VIII. Cobrar los impuestos, derechos, contribuciones especiales, productos y aprovechamientos, en los términos de las leyes que los establezcan; y
IX. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes o reglamentos.
Estado de Chihuahua Artículo 11 Código Fiscal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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