Código Fiscal Artículo 337 Ciudad de México
Código Fiscal Ciudad de México
Artículo 337.
Todos los fondos que se recauden, provenientes de la aplicación de la Ley de Ingresos y de este Código, comprendidos los que estén destinados a un fin determinado, así como los que por otros conceptos tenga derecho a percibir la Ciudad de México, por cuenta propia o ajena, se concentrarán en la Secretaría, salvo los siguientes:
(REFORMADO, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
I. Los provenientes de cuotas de seguridad social destinadas a las Cajas de Previsión de la Policía Preventiva, Policía Auxiliar y de los Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México;
II. Los provenientes de productos y aprovechamientos, cuando la unidad administrativa o delegación cuente con autorización de la Secretaría, para la aplicación directa de la totalidad de estos fondos o en la proporción que la propia Secretaría determine;
(ADICIONADO, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
Los aprovechamientos derivados de gastos y costas por juicios interpuestos en contra de la Administración Pública, de los que conozca la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, serán destinados a la misma para cumplir con su función de defensa legal del Gobierno de la Ciudad de México.
(REFORMADA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2011)
III. Los provenientes de Derechos, cuando se presten por el Tribunal, mismo que gozará de autonomía para concentrarlos y administrarlos, así como los ingresos por productos y
aprovechamientos, incluyendo multas, con base en las disposiciones que al respecto emita su órgano de gobierno;
IV. Los ingresos propios de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, y
V. Los demás que por disposición de este Código y demás leyes aplicables, se establezca la excepción de concentración de fondos.
En el caso de los fondos destinados a un fin determinado, sólo podrá disponerse de ellos por aplicación del Presupuesto de Egresos.
Ciudad de México Artículo 337 Código Fiscal
Mejores juristas





Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios