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Código Fiscal Artículo 51 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código Fiscal
Artículo 51.

Los servidores públicos que intervengan en trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias, están obligados a guardar en absoluta reserva o confidencialidad, según sea el caso, en lo concerniente a las declaraciones, los documentos y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación.

Lo anterior no será aplicable cuando se presenten los supuestos siguientes:

I. De manera expresa lo disponga el Código;

II. Lo requiera la autoridad competente para la administración o defensa de los intereses de la hacienda pública;

III. La que soliciten las autoridades judiciales y administrativas encargadas de la procuración de justicia, sean locales o federales;

IV. Los créditos fiscales, que se encuentren en los supuestos siguientes:

A) Firmes;

B) En controversia que no estén garantizados;

C) Que no estén pagados o cese la autorización del pago a plazos; y,

D) Determinados a contribuyentes no localizados.

V. Información otorgada a terceros que auxilien a las autoridades fiscales en la búsqueda y localización de contribuyentes;

Dicha confidencialidad tampoco comprenderá la información relativa a los créditos fiscales mayores a 25,000 pesos exigibles de los contribuyentes, que las autoridades fiscales proporcionen a las sociedades de información crediticia que obtengan autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con la Ley para regular las Agrupaciones Financieras, ni la que se proporcione para efectos de la notificación por terceros.

El uso, manejo y transmisión de datos personales a que se refieren los párrafos anteriores se sujetará a las disposiciones que para tal efecto señale la ley de la materia.



Estado de Michoacán Artículo 51 Código Fiscal
Artículo 1 ...49 A 50 51 52 53 ...176

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Los nuevos comentarios en el sitio web

A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


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