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Código Fiscal Artículo 200 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/02/2026

Código Fiscal
Artículo 200.

El documento en que se haga la postura, deberá contener los siguientes datos:

I. Cuando se trate de personas físicas, el nombre, la nacionalidad y el domicilio del postor y, en su caso, la clave del Registro Federal de Contribuyentes; tratándose de personas morales, el nombre o razón social, la fecha de constitución, la clave del Registro Federal de Contribuyentes y el domicilio fiscal estatal en su caso;

II. La cantidad que se ofrezca y forma de pago;

III. El número de cuenta bancaria y nombre de la institución de crédito en la que se reintegrarán, en su caso, las cantidades que se hubieran dado en depósito;

IV. El monto y número de la transferencia electrónica de fondos que haya realizado, y

V. La dirección de correo electrónico del postor.

Si las posturas no cumplen los requisitos a que se refieren las fracciones anteriores y los que se señalen en la convocatoria, la Secretaría no las calificará como posturas legales, situación que se hará del conocimiento del interesado por escrito



Estado de Morelos Artículo 200 Código Fiscal
Artículo 1 ...198 199 200 201 202 ...267

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Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil


No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.


porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es


quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69


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