Código Fiscal Municipal Artículo 97 Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal Hidalgo
Artículo 97.
Las autoridades fiscales, podrán promover la colaboración de las organizaciones, de los particulares o de los colegios de profesionistas, a efecto de:
I.- Presentar o solicitar sugerencias, sobre la adición o modificación de disposiciones reglamentarias o sobre proyectos y reformas a las leyes fiscales;
II.- Presentar o solicitar estudios técnicos que faciliten el conocimiento de cada rama de la actividad económica para buscar un mejor tratamiento fiscal;
III.- Presentar o recabar observaciones para la elaboración de formas e instructivos que faciliten el cumplimiento de las disposiciones fiscales;
IV.- Celebrar reuniones, para tratar problemas de carácter general que afecten a los contribuyentes o a la administración fiscal y buscar solución a los mismos;
V.- Coordinar sus actividades, con las organizaciones mencionadas, para difundir entre los contribuyentes los derechos y medios de defensa que se puedan hacer valer contra las resoluciones de las autoridades fiscales; y
VI.- Promover mediante la capacitación correspondiente, el espíritu de servicio y la superación técnica y profesional del personal hacendario involucrado en la aplicación de las disposiciones fiscales.
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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