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Código Fiscal Municipal Artículo 142 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/05/2026

Código Fiscal Municipal
Artículo 142.

La enajenación de bienes embargados, procederá:

I.A partir del día siguiente al en que quede firme el avalúo; o

II.Al quedar firme la resolución confirmatoria del acto impugnado, recaído en los medios de defensa que se hubieren hecho valer



Estado de Oaxaca Artículo 142 Código Fiscal Municipal
Artículo 1 ...140 141 142 143 144 ...203

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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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