Imprimir

Código Fiscal Artículo 1 Estado de Nayarit


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Fiscal Nayarit
Artículo 1.

Es obligación de las personas físicas y morales residentes en el Estado de Nayarit, de las no residentes cuya fuente de riqueza tenga su origen en el estado, contribuir para los gastos públicos de la entidad, de conformidad con lo dispuesto en este código, en las leyes fiscales del estado y municipios, en la Ley de Coordinación Fiscal y en los convenios de Coordinación y Colaboración Administrativos celebrados entre el estado y la federación o los municipios.

Para cubrir el gasto público y demás obligaciones a su cargo, la Hacienda Pública del Estado, percibirá  en cada ejercicio fiscal, los ingresos  derivados de las contribuciones, productos y aprovechamientos que establezcan las leyes fiscales estatales correspondientes; los empréstitos, así como las participaciones, aportaciones y transferencias de recursos, que de ingresos federales le correspondan de conformidad con las leyes respectivas y los convenios de coordinación y colaboración que se hayan suscrito o se suscriban para tales efectos, así como los demás que se decreten excepcionalmente.

Este Código Fiscal tendrá aplicación en todo el territorio que comprende el estado de Nayarit.



Estado de Nayarit Artículo 1 Código Fiscal
Artículo 1 2 3 ...200

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse