Código Fiscal Artículo 149 Estado de Nayarit
Código Fiscal
Artículo 149.
Para determinar la preferencia de los créditos fiscales se estará a lo siguiente:
I.- Los créditos a favor del Gobierno del Estado provenientes de impuestos, derechos y contribuciones por mejoras, productos y aprovechamientos, serán preferentes a cualesquiera otros con excepción de adeudos garantizados con hipoteca, de alimentos, de salarios y sueldos devengados durante el último año o de indemnizaciones a los obreros, conforme a lo que dispone la Ley Federal del Trabajo;
II.- Para que sea aplicable la excepción a que se refiere la fracción anterior, será requisito indispensable que con anterioridad a la fecha en que surta efectos la notificación del crédito fiscal, las garantías se hayan inscrito en el Registro Público que corresponda y, respecto de los adeudos por alimentos, que se haya presentado la demanda ante la autoridad competente; y
III.- La vigencia y exigibilidad en cantidad líquida del derecho del crédito cuya preferencia se invoque, deberá comprobarse en forma fehaciente al hacerse valer el recurso administrativo correspondiente.
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Alejandro Ritch
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jose
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
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