Código Fiscal Artículo 129 Estado de Puebla
Código Fiscal Puebla
Artículo 129.
Contra los actos de las Autoridades Fiscales del Estado, el afectado podrá interponer el recurso administrativo de revocación que establece este Capítulo.
El recurso de revocación procederá contra:
I. Las resoluciones definitivas dictadas por Autoridades Fiscales del Estado que:
a) Determinen contribuciones, accesorios o aprovechamientos.
b) Nieguen la devolución de cantidades que procedan conforme a la Ley.
II. Los actos de Autoridades Fiscales que:
a) Exijan el pago de créditos fiscales, cuando se alegue que éstos se han extinguido o que su monto real es inferior al exigido, siempre que el cobro en exceso sea imputable a la autoridad ejecutora o se refiera a recargos, gastos de ejecución o a la indemnización a que se refiere el artículo 35 de este Código.
b) Se dicten en el procedimiento administrativo de ejecución, cuando se alegue que éste no se ha ajustado a la Ley, en términos de lo dispuesto en el artículo 129-A, o cuando los actos de ejecución se materialicen sobre bienes exceptuados de embargo o sean actos de imposible reparación material.
c) Determinen el valor de los bienes embargados a que se refiere el artículo 106 de este Código.
Estado de Puebla Artículo 129 Código Fiscal
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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