Código Fiscal Artículo 1 Estado de San Luis Potosí
Código Fiscal San Luis Potosí
Artículo 1.
Las personas físicas y morales con residencia permanente o eventual en la Entidad, están obligadas a contribuir para los gastos públicos del Estado y de los municipios, de la manera proporcional y equitativa que establezcan las leyes fiscales respectivas.
Las disposiciones de este Código se aplicarán supletoriamente a las demás leyes y disposiciones estatales.
Estado de San Luis Potosí Artículo 1 Código Fiscal
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
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