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Código Fiscal Artículo 3 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Fiscal San Luis Potosí
Artículo 3.

La ignorancia de las leyes, reglamentos y demás disposiciones fiscales no servirá de excusa ni aprovechará a persona alguna. Sin embargo, las autoridades fiscales podrán otorgar estímulos fiscales en forma general a sectores de contribuyentes, cuando sus condiciones económicas lo justifiquen o con ello se incentive la recaudación, se promueva la creación de empleos o el desarrollo económico del Estado.



Estado de San Luis Potosí Artículo 3 Código Fiscal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


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