Imprimir

Código Fiscal Artículo 157 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Fiscal San Luis Potosí
Artículo 157.

Son infracciones en que pueden incurrir los empleados y funcionarios públicos, las siguientes:

I.No exigir el pago total de las contribuciones o sus accesorios;

II.Asentar falsamente que se han cumplido con las obligaciones fiscales, sellar o expedir recibos que amparen cantidades mayores a las realmente ingresadas;

III.Disponer de recibos, engomados, placas, tarjetas o de cualquier clase de formas valoradas, para fines distintos de los que correspondan;

IV.Hacer o permitir que se hagan trámites sin que se cumplan los requisitos que correspondan conforme a los manuales de procedimientos, o sin que se exhiban los documentos comprobatorios respectivos, o se acepten documentos falsos;

V.Otorgar preferencias o privilegios especiales en la realización de trámites fiscales a algún o algunos contribuyentes o efectuar trámites por conducto de gestores o representantes, sin que comprueben legalmente estar autorizados por los contribuyentes.

VI.Coludirse con gestores o representantes de contribuyentes para la agilización de trámites fiscales o para obtener alguna reducción o condonación de contribuciones o sus accesorios;

VII.Solicitar dinero o bienes, además de las contribuciones que correspondan, para la realización de trámites o para su agilización, y

VIII.Divulgar información confidencial, o hacer uso de ella para fines distintos de los que correspondan.



Estado de San Luis Potosí Artículo 157 Código Fiscal
Artículo 1 ...155 156 157 158 159 ...183

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse