Código Fiscal Artículo 102 Estado de Tamaulipas
Código Fiscal
Artículo 102.
Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco del Estado.
El delito de defraudación fiscal se sancionará con prisión de tres meses a seis años si el monto de lo defraudado no excede de trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; cuando exceda de esta cantidad la pena será de tres a nueve años de prisión.
Cuando no se puede determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será de tres meses a seis años de prisión.
El delito de defraudación fiscal será calificado cuando éste se origine por:
I.-Usar documentos falsos.
II.-Omitir expedir comprobantes por las actividades que se realicen, siempre que las disposiciones fiscales establezcan la obligación de expedirlos.
III.-Manifestar datos falsos para obtener de la autoridad fiscal la devolución de contribuciones que no le correspondan.
IV.-Asentar datos falsos en los registros contables que se esté obligado a llevar conforme a las disposiciones fiscales.
Cuando los delitos a que se refiere este artículo sean calificados la pena que corresponda se aumentará en una mitad.
No se formulará querella si quien hubiere omitido el pago de la contribución u obtenido el beneficio indebido conforme a este artículo, lo entera espontáneamente con sus accesorios, antes de que la autoridad fiscal descubra la omisión o el perjuicio, o medie requerimiento, orden de visita o cualquier otra gestión notificada por la misma, tendiente a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Estado de Tamaulipas Artículo 102 Código Fiscal
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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