Código Fiscal y Presupuestario Artículo 52 Estado de Puebla
Código Fiscal y Presupuestario Puebla
Artículo 52.
Las autoridades fiscales promoverán la colaboración de las organizaciones de los particulares y de los colegios de profesionistas en materia de actualización fiscal, para tal efecto podrán:
I.Solicitar o considerar sugerencias en materia fiscal, sobre la adición o modificación de las disposiciones reglamentarias o sobre proyectos de normas legales o de sus reformas;
II.Estudiar las observaciones que se les presenten para formular instrucciones de carácter general, que faciliten la aplicación de las disposiciones fiscales;
III.Solicitar de las organizaciones respectivas, estudios técnicos que faciliten el conocimiento de cada rama de actividad económica, para su más adecuado tratamiento fiscal;
IV.Recabar observaciones para la aprobación de formas e instructivos para el mejor cumplimiento de las disposiciones fiscales;
V.Celebrar reuniones o audiencias públicas periódicas con dichas organizaciones, para tratar problemas de carácter general que afecten a los contribuyentes o a la administración fiscal y para buscar la solución a los mismos;
VI.Coordinar sus actividades con las organizaciones mencionadas, para divulgar las normas sobre obligaciones fiscales y para la mejor orientación de los contribuyentes; y
VII.Realizar las demás actividades conducentes al logro de los fines señalados en este artículo.
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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