Código Fiscal Artículo 112 Estado de Yucatán
Código Fiscal
Artículo 112.
Son infracciones a las disposiciones fiscales en que pueden incurrir los funcionarios o empleados públicos en el ejercicio de sus funciones:
I. No exigir el pago total de las contribuciones y sus accesorios, recaudar, permitir u ordenar que se reciba el pago en forma diversa a la prevista en las disposiciones fiscales;
II. Asentar falsamente que se ha dado cumplimiento a las disposiciones fiscales o que se practicaron visitas domiciliarias para efectos fiscales o incluir en las actas relativas datos falsos;
III. Exigir una prestación que no esté prevista en las disposiciones fiscales, aun cuando se aplique a la realización de las funciones públicas, y
IV. Revelar a terceros, en contravención a lo dispuesto por el artículo 93 de este Código, la información que las instituciones que componen el sistema financiero hayan proporcionado a las autoridades fiscales
Estado de Yucatán Artículo 112 Código Fiscal
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
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