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Código Fiscal Artículo 10 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código Fiscal
Artículo 10.

Cuando el resultado de la operación a que se refieren los artículos 8 y 9 de este Código, sea menor a uno, el factor de actualización que se aplicará al monto de las contribuciones, aprovechamientos y devoluciones a cargo del Estado o Municipio, así como a los valores de bienes u operaciones de que se traten, será igual a uno.

Para determinar el monto de las cantidades a que se refiere el párrafo anterior, se considerarán, inclusive, las fracciones de peso; no obstante lo anterior, dicho monto se ajustará para que las cantidades de uno a cincuenta centavos de pesos en exceso de la unidad, se ajusten a la unidad inmediata anterior y de cincuenta y uno a noventa y nueve centavos de pesos en exceso de la unidad, se ajusten a la unidad inmediata superior.

Cuando de conformidad con las disposiciones fiscales se deban realizar operaciones aritméticas con el fin de determinar factores, las mismas deberán calcularse hasta el diezmilésimo. Cuando el diezmilésimo obtenido sea mayor a cinco, se ajustará la decena con un punto hacia arriba, y si es igual o inferior a cinco, la decena quedará como

hubiere resultado. El resultado de estas operaciones será el factor aplicable



Estado de Zacatecas Artículo 10 Código Fiscal
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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