Código Fiscal Artículo 65 Estado de Zacatecas
Código Fiscal Zacatecas
Artículo 65.
Las contribuciones y aprovechamientos se pagan mediante declaración que deberán presentar los contribuyentes, en la fecha o dentro del plazo señalado en las disposiciones respectivas.
En el supuesto de que las solicitudes, declaraciones y avisos se presenten de manera extemporánea, surtirán sus efectos a partir de la fecha en que sean presentados.
Tratándose de los créditos fiscales establecidos en cantidad líquida por las autoridades fiscales como consecuencia del ejercicio de sus facultades de comprobación, determinación o sancionadoras, deberán pagarse junto con sus
accesorios, dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que surta efectos su notificación, o garantizarse cuando se solicite plazo para el pago en parcialidades, o en cualquier otro caso que expresamente se prevea en las disposiciones fiscales.
Cuando la obligación de pago del crédito fiscal derive de una responsabilidad solidaria por disposición de ley, las autoridades fiscales previamente a la notificación de la resolución que lo determina en cantidad líquida, deberán correr traslado al responsable solidario de los procedimientos realizados en el ejercicio de sus facultades de comprobación.
El pago de contribuciones se acreditará mediante el recibo oficial, declaración de pago, el comprobante, confirmación electrónica, o la documentación que establezcan las disposiciones respectivas.
Los formatos electrónicos de pago y su instructivo de llenado, se darán a conocer mediante reglas de carácter general y en la página electrónica de la Secretaría de Finanzas.
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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