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Código Militar de Procedimientos Penales Artículo 429 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/07/2026

Código Militar de Procedimientos Penales
Artículo 429.

Resoluciones del Tribunal Militar de Juicio Oral apelables
Serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Tribunal Militar de Juicio Oral:

I.Las que versen sobre el desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público;

II.La sentencia definitiva en relación a aquellas consideraciones contenidas en la misma, distintas a la valoración de la prueba siempre y cuando no comprometan el principio de inmediación, o bien aquellos actos que impliquen una violación grave del debido proceso.

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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