Código Municipal Artículo 259 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Municipal
Artículo 259.
Son trabajadores de confianza de las entidades públicas municipales, todos aquellos que realicen funciones de dirección, vigilancia, inspección, fiscalización, cuando tengan el carácter general dentro de las entidades mencionadas, o bien que por el manejo de fondos, valores o datos de estricta confidencialidad, deban tener tal carácter.
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