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Código Municipal Artículo 65 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código Municipal
Artículo 65.

Del proceso de entrega-recepción se elaborará el documento a que se refiere el artículo anterior, el cual deberá contener, por lo menos, los siguientes anexos:

I. Libros de Actas de las reuniones de Cabildo y la mención del lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores.

II. Informe detallado sobre la situación financiera de la Administración Municipal saliente, el cual deberá contener los estados contables, los libros de contabilidad, registros auxiliares, cuentas de cheques, inversiones, acta de arqueo de caja (Fondos Revolventes), presupuesto y demás documentación comprobatoria.

III. Informe del estado que guarda la cuenta pública del Municipio, incluyendo los informes rendidos al Congreso del Estado, los certificados de cuenta pública aprobada, que en su caso, haya emitido la Auditoría Superior del Estado y las observaciones o requerimientos que ésta le haya hecho al Municipio.

IV. Informe de la situación que guarda la deuda pública del Municipio y la documentación relativa a la misma.

V. Informe circunstanciado relativo a la obra pública ejecutada por el Municipio durante el trienio que concluye, así como de las obras que se encuentran en proceso, anexando los expedientes técnicos y unitarios relativos a las mismas.

VI. Informe de la situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales transferidos.

VII. La plantilla de personal al servicio del Municipio, y sus relativos expedientes, así como la información relacionada al mismo, como catálogo de puestos, prestaciones, antigüedad, personal por nivel, por honorarios, y con licencia o permiso.

VIII. Informe de los derechos y obligaciones, que estará integrado por los convenios, contratos y/o acuerdos que el Municipio tenga celebrado con otros municipios, con Gobierno del Estado, el Gobierno Federal o con particulares, y la documentación relativa.

IX. Informe de los programas y proyectos aprobados y ejecutados por el Municipio y de aquellos que se encuentren en proceso de ejecución, con su documentación respectiva;

X. Informe de los recursos materiales, que estará conformado por la relación e inventario de bienes que sean propiedad o estén en uso del Municipio. Dicho informe se dividirá en dos rubros: bienes muebles y bienes inmuebles.

XI. Informe y documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por las comisiones del Ayuntamiento.

XII. La demás información que se estime conveniente para garantizar la continuidad de la administración pública municipal.

XIII. La demás información establecida en la Ley de Entrega Recepción del Estado y Municipios de Coahuila de Zaragoza. 



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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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