Código Municipal Artículo 158 Estado de Tamaulipas
Código Municipal Tamaulipas
Artículo 158.
El presupuesto de egresos de los Municipios, comprenderá las previsiones de gasto público que habrán de realizar los Ayuntamientos bajo un enfoque de gestión de resultados para atender las actividades, las obras y los servicios públicos programados, a cargo de los Municipios.
Se concibe el enfoque de gestión para resultados, como la posibilidad que tiene el Municipio de precisar el tipo, magnitud y sentido de la transformación, evolución, impacto o beneficio que se prevé lograr, respecto de los objetivos estratégicos generales y específicos establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo, en el proceso de gestión de los recursos públicos que ejerzan los Municipios
Estado de Tamaulipas Artículo 158 Código Municipal
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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