Imprimir

Código Municipal Artículo 18 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Municipal Tamaulipas
Artículo 18.

Son derechos de los vecinos de los Municipios que tengan la calidad de ciudadanos:

I.- Votar y ser votados para los cargos públicos municipales de elección popular.

II.- Tener preferencia, en igualdad de circunstancias, para el desempeño de empleos, cargos o comisiones y para el otorgamiento de contratos y concesiones municipales.

III.- Reunirse para tratar y discutir los asuntos públicos.

IV.- Los demás que señalen las leyes



Estado de Tamaulipas Artículo 18 Código Municipal
Artículo 1 ...16 17 18 19 20 ...438

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse