Código Municipal Artículo 336 Estado de Tamaulipas
Código Municipal
Artículo 336.
El Secretario de Acuerdos del Tribunal tendrá las siguientes atribuciones:
I.- Acordar con el Juez lo relativo a las sesiones del Tribunal;
II.- Dar cuenta al Juez de los asuntos a trámite;
III.- Proyectar los acuerdos de trámite;
IV.- Firmar, en unión del Juez, las determinaciones de éste;
V.- En su caso, autorizar con su firma las actuaciones del Tribunal;
VI.- Preparar y ejecutar las órdenes relacionadas con el ejercicio del presupuesto asignado;
VII.- Tramitar los movimientos del personal y gestionar el cumplimiento de las obligaciones laborales del personal administrativo de la misma;
VIII.- Coordinar las funciones administrativas necesarias para el buen funcionamiento del Tribunal;
IX.- Expedir las copias simples y certificadas que sean solicitadas por las partes u otras autoridades, cerciorándose del pago de derechos por las mismas;
X.- Coordinar la difusión de las actividades del Tribunal;
XI.- Compilar las resoluciones del Tribunal y de otros organismos jurisdiccionales vinculados con la materia administrativa y fiscal; y
XII.- Las demás que le atribuyan las disposiciones legales o le ordene el Juez
Estado de Tamaulipas Artículo 336 Código Municipal
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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