Imprimir

Código para el Desarrollo Sustentable Artículo 104 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código para el Desarrollo Sustentable Tamaulipas
Artículo 104.

1. En materia de prevención y control de la contaminación del agua, corresponden al Estado y a los Ayuntamientos, por sí o a través de los organismos operadores del recurso agua, de conformidad con la distribución de competencias establecidas en la Ley de Aguas Nacionales, este Código y sus reglamentos y la Ley General:

I. El control de las descargas de aguas residuales a los sistemas de drenaje y alcantarillado;

II. La vigilancia de las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes, así como requerir a quienes generen descargas a dichos sistemas y no cumplan con éstas, la instalación de sistemas de tratamiento;

III. Determinar el monto de los derechos correspondientes para que la autoridad estatal respectiva o el Ayuntamiento, en su caso, pueda llevar a cabo el tratamiento necesario y cuando así proceda,a la imposición de las sanciones a que haya lugar; y

IV. Llevar y actualizar el registro de las descargas a los sistemas de drenaje y alcantarillado que administren, el que será integrado al Registro Estatal de Descargas a cargo de la Agencia Ambiental.

2. Para la protección integral de los ecosistemas del Estado, los usuarios del agua de los sectores público, social o privado que descarguen aguas residuales directamente en cuerpos de agua de jurisdicción federal deberán informar lo conducente a la Agencia Ambiental.  



Estado de Tamaulipas Artículo 104 Código para el Desarrollo Sustentable
Artículo 1 ...102 103 104 105 106 ...320

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse