Código para el Desarrollo Sustentable Artículo 23 Estado de Tamaulipas
Código para el Desarrollo Sustentable
Artículo 23.
El Estado, en el ámbito de su competencia, a través de la Agencia Ambiental, diseñará, desarrollará y aplicará instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de las políticas ambiental y de desarrollo sustentable, mediante los cuales se buscará:
I. Promover una cultura ambientalista en las personas que realicen actividades productivas, de tal manera que el interés colectivo de protección ambiental y de desarrollo sustentable forme parte de sus responsabilidades de planeación económica;
II. Fomentar la incorporación de información confiable y suficiente sobre las consecuencias, beneficios y costos ambientales al sistema de precios de la economía;
III. Otorgar incentivos a quien realice acciones para la protección, preservación o restauración del equilibrio ecológico. Asimismo, actuará para que quienes dañen el medio ambiente, hagan un uso indebido de recursos naturales o alteren los ecosistemas, asuman los costos respectivos;
IV. Promover una mayor equidad social en la distribución de costos y beneficios asociados a los objetivos de las políticas ambiental y de desarrollo sustentable;
V. Impulsar la participación de los sectores social y privado en proyectos de preservación, conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y medio ambiente de competencia estatal; y
VI. Procurar su utilización conjunta con otros instrumentos de política ambiental, en especial cuando se trate de observar umbrales o límites en la utilización de ecosistemas, de tal manera que se garantice su integridad y equilibrio, la salud y el bienestar de la población.
Estado de Tamaulipas Artículo 23 Código para el Desarrollo Sustentable
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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