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Código para el Desarrollo Sustentable Artículo 243 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código para el Desarrollo Sustentable Tamaulipas
Artículo 243.

1. Las promociones deberán hacerse por escrito y en las cuales se precisará lo siguiente:

I. El nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, y en su caso de su representante legal;

II. El domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas;  

III. La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición,  

IV. La autoridad administrativa a que se dirigen; y

V. El lugar y fecha de su emisión.  

2. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual se imprimirá su huella digital.

3. La persona que promueva deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad.  



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