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Código Penal Artículo 233 Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código Penal
Artículo 233. Tipo y Punibilidad

Al que sin cerciorarse de su procedencia legitima, adquiera, reciba en prenda o guarde objetos producto de un delito, se le aplicará, de tres meses a tres años y hasta cincuenta días multa si el valor de los bienes adquiridos, receptados u ocultados no excede de setenta y cinco días de salario mínimo diario vigente en el estado; si excede de este valor se aplicará prisión de dos a cuatro años de prisión y de cien hasta doscientos cincuenta días multa. 

Para los efectos del párrafo anterior, se presume que el sujeto activo no se cercioró de la procedencia legítima del objeto, sino cumple con cualquiera de los siguientes requisitos:

I.- Cuando la adquisición, recepción o guarda de los bienes no se respalde con copia de documental pública con fotografía que acrediten los datos de identificación personal del que le ofreció la cosa; o con copia de la documental que acredite la propiedad o el derecho para disponer de ellos, o con el dicho de dos personas debidamente identificadas que atestigüen que el oferente dispuso de la cosa.

II.- No exija un documento idóneo para constatar la legítima propiedad, tratándose de bienes que contengan datos propios de identificación.

III.- Por el precio que pagó por el bien; la edad o condición económica del oferente; se infiera que éste no tenía derecho para disponer de ella.

IV.- Derogado.



Estado de Baja California Artículo 233 Código Penal
Artículo 1 ...231 232 233 234 234 bis ...358

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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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