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Código Penal Artículo 56 Estado de Baja California Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Penal Baja California Sur
Artículo 56. Suspensión de derechos

La suspensión consiste en la pérdida temporal de derechos.

La destitución consiste en la privación definitiva del empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el servicio público.

La inhabilitación implica la incapacidad legal de carácter temporal para obtener y ejercer cargos, comisiones o empleos públicos.



Estado de Baja California Sur Artículo 56 Código Penal
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