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Código Penal Artículo 270 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Penal Coahuila
Artículo 270. SANCIONES Y FIGURAS TÍPICAS DE LOS DELITOS DE ABUSO DE FUNCIONES CON RELACIÓN A LAS ELECCIONES

Se impondrá multa de cincuenta a doscientas veces el salario mínimo; o prisión de seis meses a seis años; o ambas sanciones a juicio del juez; al servidor público que:

I. COACCIÓN A SUBORDINADOS A VOTO EN SENTIDO DETERMINADO. Abusando de sus funciones, obligue a sus subordinados a emitir su voto a favor de un partido político o candidato.

(F. DE E., P.O. 10 DE AGOSTO DE 1999)

II. CONDICIONAMIENTO DE PROGRAMAS A LA EMISIÓN DEL VOTO EN DETERMINADO SENTIDO. Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas, a la emisión del sufragio a favor de un partido político o candidato.

III. PECULADO ELECTORAL. Destine fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo, al apoyo de un partido político o de un candidato; sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado; o proporcione ese apoyo a través de sus subordinados, usando el tiempo en que deben desempeñar sus labores.

La misma penalidad se aplicará a los funcionarios partidistas, o a los organizadores de actos de campaña que, a sabiendas, aprovechen ilícitamente fondos, bienes o servicios en los términos previstos por el código electoral del estado.

IV. OBSTRUCCIÓN AL DERECHO DE REUNIÓN. Impida indebidamente la reunión de una asamblea, una manifestación pública o cualquier otro acto legal de propaganda electoral que se esté realizando pacíficamente. 



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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


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