Código Penal Artículo 282 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal Coahuila
Artículo 282. SANCIONES Y FIGURAS TÍPICAS DE ATAQUES EN VÍAS DE COMUNICACIÓN
Se aplicará prisión de quince días a cuatro años y multa:
I. ATAQUES A LAS VÍAS O MEDIOS DE COMUNICACIÓN A quien obstaculice o dañe alguna vía pública de comunicación.
II. ATAQUE A LAS SEÑALES EN VÍAS DE COMUNICACIÓN. A quien quite, corte, inutilice, apague, cambie o dañe las señales o luces de seguridad de una vía pública de comunicación estatal o municipal o coloque alguna no autorizada.
III. ATAQUE POR MEDIO DE VEHÍCULOS O MAQUINARIA SIMILARES. A quien en una vía pública de comunicación estatal o municipal ponga en movimiento un vehículo de motor o maquinaria similar y su desplazamiento sin control pueda causar daño.
IV. ATAQUE A LA CONFIANZA DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO A TERCEROS POR OMITIR SEGURO EN TRANSPORTE DE SERVICIO PÚBLICO DE PERSONAS O COSAS. Al propietario de un vehículo automotor por el que se dé servicio público de transporte de personas o cosas; aún cuando aquél se preste o se debiere prestar por concesión, autorización o permiso equivalente; que omita tener seguro vigente que cubra daños a la vida, salud y patrimonio de ocupantes y terceros; siempre y cuando el vehículo participe en un accidente, con o sin culpa del conductor.
Si el propietario resulta ser persona moral, incurrirá en este delito quienes tengan su representación legal, o se ostenten como tales si la persona moral es de hecho.
Este delito sólo se perseguirá por querella de los ocupantes y terceros que resulten con cualquiera de los daños a que se refiere el primer párrafo de esta fracción. Si el ofendido fallece o se encuentra imposibilitado para formular querella, la podrán formular las personas a que se refiere el segundo párrafo del artículo 31.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 282 Código Penal
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios