Código Penal Artículo 295 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal
Artículo 295. SANCIONES Y FIGURAS TÍPICAS DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
Se aplicará prisión de tres días a tres años y multa, a quien con el propósito de sacar provecho para sí o para otro; o el de dañar o causar perjuicio a los bienes jurídicos de un tercero o de entidad pública:
I. FIRMA O RÚBRICA FALSA. Ponga una firma o rúbrica falsa, aunque sea imaginaria; o altere una verdadera.
II. APROVECHAMIENTO DE FIRMA O RÚBRICA AJENA. Aproveche una firma o rúbrica ajena colocada en documento, para extender una obligación, liberación o cualquier otro documento; sin el consentimiento expreso y escrito de quien deba darlo.
III. ALTERACIÓN DE UN DOCUMENTO VERDADERO. Altere el contexto de un documento verdadero, después de concluido y firmado; siempre y cuando ello cambiare su sentido sobre algunas circunstancias o punto sustanciales, se haga añadiendo, enmendado o borrando en todo o en parte una o más palabras o cláusulas o ya variando la puntuación.
IV. VARIACIÓN DE FECHA O CUALQUIERA OTRA CIRCUNSTANCIA DE TIEMPO. Varíe la fecha o cualquiera otra circunstancia relativa al tiempo de la ejecución del acto que se exprese en el documento.
V. ATRIBUCIÓN INDEBIDA DE CALIDAD. Se atribuya el que extiende el documento o atribuyendo a la persona en cuyo nombre lo hace, un nombre o una investidura o calidad que no tenga y que sea necesaria para la validez del acto.
VI. ALTERACIÓN QUE AFECTE CONTENIDO DE DECLARACIONES, DERECHOS U OBLIGACIONES. Redacte un documento en términos que cambien la convención celebrada por otra diversa que varíe la declaración o disposición del otorgante; las obligaciones que se propuso contraer o los derechos que debió adquirir.
VII. AGREGADOS O MODIFICACIONES INDEBIDAS. Añada o altere cláusulas o declaraciones; o asiente como ciertos hechos falsos o como confesados los que no lo están.
VIII. TESTIMONIO DOCUMENTAL INDEBIDO. Expida un testimonio supuesto de documentos que no existen; dándolo en otro existente que carece de los requisitos legales; disponiendo falsamente que los tiene; o de que no carece de ellos, pero agregando o suprimiendo en la copia algo que importe una variación substancial;
IX. ALTERACIÓN DE TRADUCCIÓN O INTERPRETACIÓN. Altere el contenido de un documento, al traducirlo, descifrarlo o interpretarlo.
X. ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS O PLACAS OFICIALES SIN AUTORIZACIÓN. Elabore placas, gafetes, distintivos, documentos o cualquier otra identificación oficial sin contar con la autorización de la autoridad correspondiente.
XI. PRODUCCIÓN, IMPRESIÓN, ENAJENACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ALTERACIÓN. Produzca, imprima, enajene, distribuya o altere, vales de papel o electrónicos en forma de tarjeta plástica, utilizados para canjear por bienes y servicios, a sabiendas de que son falsos.
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
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