Imprimir

Código penal Artículo 38 Estado de Durango


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Penal
Artículo 38. De la multa

La multa consiste en el pago de una cantidad de dinero al Estado, la cual se aplicará en beneficio del Tribunal Superior de Justicia para integrar el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia, que se fijará por días de salario mínimo y podrá ser de dieciocho a cinco mil cuarenta veces el importe de éste.

Para la imposición de la multa y para determinar la prisión aplicable, si es el caso, se atenderá al salario mínimo general, vigente en la fecha y en el lugar donde se cometió el delito. Tratándose de delito continuado, se atenderá al salario vigente en el momento comisivo de la última conducta; si es permanente, al del momento en que cesó su comisión.



Estado de Durango Artículo 38 Código penal
Artículo 1 ...36 37 38 39 40 ...416

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse