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Código Penal Artículo 26 Estado de Guerrero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26/10/2026

Código Penal Guerrero
Artículo 26. Modalidades

Son responsables del delito quienes hayan intervenido en su comisión a título de autor o partícipe.

A.Formas de autoría. Son autores, quienes:

I.Autoría directa. Lo realicen por sí;

II.Coautoría. Lo realicen conjuntamente;

III.Autoría mediata. Lo realicen sirviéndose de otra persona como instrumento;

B.Formas de participación. Son partícipes del delito, quienes:

I.Inducción. Determinen dolosamente al autor a cometerlo;

II.Complicidad. Dolosamente presten ayuda o auxilio al autor para su comisión, y

III.Encubrimiento. Con posterioridad a su ejecución auxilien al autor en cumplimiento de una promesa anterior a la ejecución del delito.

Para las hipótesis previstas en las fracciones V y VI se impondrá la punibilidad dispuesta en el artículo 84 de este código.

A juicio del juzgador, el inductor podrá responder hasta con la misma consecuencia jurídica por la que pudiera responder el autor directo.

Los partícipes inductores o cómplices responderán penalmente, siempre y cuando la conducta del autor del hecho principal suponga un comportamiento típicamente doloso y antijurídico, en un hecho consumado o realizado en grado de tentativa.

En ningún caso el desistimiento o arrepentimiento del autor del hecho principal beneficiará a los partícipes



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que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


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