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Código Penal Artículo 254 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Penal San Luis Potosí
Artículo 254.

Comete el delito a que se refiere el presente capítulo, quien falsifica el sello del

Estado, de sus dependencias, de los ayuntamientos, de cualquier otra oficina pública o de los notarios.

 

Este delito se sancionará con una pena de tres a siete años de prisión y sanción pecuniaria de trescientos a setecientos días del valor de la unidad de medida y actualización.



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