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Código Penal Artículo 124 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Penal Sinaloa
Artículo 124.

Los plazos de la prescripción de la pretensión punitiva serán continuos y se contarán:

I.A partir del momento en que se consumó el delito, si fuere instantáneo;

II.A partir de que se realizó el último acto de la ejecución o se omitió la conducta debida, si el delito fuere en grado de tentativa;

III.Desde el día en que se realizó la última conducta tratándose de delito continuado; y

IV.Desde la cesación de la consumación en el delito permanente



Estado de Sinaloa Artículo 124 Código Penal
Artículo 1 ...122 bis 123 124 125 126 ...364

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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