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Código Penal Artículo 364 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/05/2026

Código Penal
Artículo 364.

Al que dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal doméstico causándole lesiones se le impondrá de tres meses a un año de prisión y de cincuenta a cien días multa.

Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, se aumentará en una mitad la pena señalada en el párrafo anterior.

Si las lesiones causan la muerte del animal, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cien a doscientos días multa.

Para efectos del presente Capítulo, se entenderá por actos de maltrato o crueldad aquellos que provoquen un grave sufrimiento, la muerte no inmediata o prolonguen la agonía del animal, ya sea por las lesiones ocasionadas o el detrimento de su salud



Estado de Sinaloa Artículo 364 Código Penal
Artículo 1 ...362 363 364

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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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