Código Penal Artículo 19 Estado de Tamaulipas
Código Penal Tamaulipas
Artículo 19.
El delito es doloso cuando conociendo los elementos de la descripción típica o previendo como posible el resultado típico, se quiere o acepta la realización del hecho punible descrito.
También actúa dolosamente el que queriendo producir el resultado de afectación o puesta en peligro concreto, produce otro, por error en la persona o en el objeto; y se aplicará en este caso, la pena o medida de seguridad correspondiente al tipo comprobado, valorándose las circunstancias de configuración del hecho
Estado de Tamaulipas Artículo 19 Código Penal
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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