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Código Penal Artículo 302 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Penal Tamaulipas
Artículo 302.

Comete el delito a que se refiere este capítulo:

I.- El que oculte o sin la orden de la autoridad que deba darla o sin los requisitos que exijan las leyes, destruya, sepulte o mande sepultar un cadáver o feto humano; y

II.- El que exhume o mande inhumar un cadáver sin los requisitos legales o con violación de derechos



Estado de Tamaulipas Artículo 302 Código Penal
Artículo 1 ...300 bis 301 302 303 304 ...475

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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