Código Penal Artículo 53 Estado de Tamaulipas
Código Penal Tamaulipas
Artículo 53.
La publicación especial de sentencia consiste en la inserción total o parcial de ella, en uno de los periódicos que circulen en la localidad. El juez escogerá el periódico y resolverá la forma en que debe hacerse la publicación.
La publicación de la sentencia legalmente prevista se hará, en su caso, a costa del delincuente o del ofendido, si éste lo solicitara, o del Estado si el Juez lo estimara necesario
Estado de Tamaulipas Artículo 53 Código Penal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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