Código Penal Artículo 193 Estado de Zacatecas
Código Penal Zacatecas
Artículo 193.
Se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de cien a doscientas cuotas a los servidores públicos que incurran en la conducta prevista en las fracciones siguientes:
I.Al que ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión para el que haya sido nombrado sin haber tomado posesión legítima o sin llenar todas las formalidades legales;
II.Al que continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión después de saber que se ha revocado su nombramiento o que se le ha suspendido o destituido legalmente;
III.Al que nombrado por tiempo limitado continúe ejerciendo sus funciones después de cumplido el término por el cual se le nombró.
Lo prevenido en las dos fracciones anteriores no comprende el caso en que el servidor público que debe cesar en sus funciones se le ordene que continúe en ellas entre tanto se presenta la persona que haya de sustituirlo, cuando la ley no lo prohíba.
IV.Al servidor público o agente del Gobierno que ostente tener alguna otra comisión, empleo o cargo que el que realmente tuviere;
V.Al servidor público o agente del Gobierno que ejerza funciones que no le correspondan por su empleo, cargo o comisión o se exceda en el ejercicio de las que le competen; y
VI.Al que sin habérsele admitido la renuncia de una comisión, empleo o cargo, o antes de que se presente la persona que haya de reemplazarlo, lo abandone sin causa justificada.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de lo que dispone la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Estado de Zacatecas Artículo 193 Código Penal
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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