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Código Procesal Administrativo Artículo 105 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/10/2026

Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 105.

Admitida la prue ba, tratándose d el procedimiento contencioso administrativo, se correrá traslado a las partes restantes con copia del cuestionario respectivo, requiriéndolas para que, en el plazo de cinco días h ábiles, adicionen el cuestionario si así conviniere a sus intereses, y para que nombren al perito que les corresponda, con el apercibimiento de nombrarles perito a su cargo en caso de no hacerlo, por tratarse de una prueba colegiada.



Estado de San Luis Potosí Artículo 105 Código Procesal Administrativo
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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