Código Procesal Civil Artículo 1117 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil Coahuila
Artículo 1117. Oposición al proyecto de partición
Si dentro del plazo de que habla el artículo anterior se dedujere oposición contra el proyecto de división, se substanciará en forma incidental, procurando que si fueren varias las oposiciones, la audiencia sea común y a ella concurran los interesados y el albacea o el partidor, para que se discutan las cuestiones promovidas y se reciban pruebas.
Para dar curso a la oposición, es indispensable que el que la haga, exprese concretamente cual sea el motivo de la inconformidad y cuales las pruebas que invoca como base de la misma.
Si los que se opusieren dejaren de asistir a la audiencia, se les tendrá por desistidos
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 1117 Código Procesal Civil
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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