Imprimir

Código Procesal Civil Artículo 120 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Procesal Civil Coahuila
Artículo 120. Designación de abogados patronos y procuradores

La designación de procurador, se efectuará mediante mandato, en los términos que establezca el Código Civil, con las facultades y limitaciones que expresamente se determinen.

Las partes podrán también otorgar el mandato, mediante escrito que dirigirán al juzgador y que ratificarán en su presencia, en el que fijarán las facultades que desean conferirle al procurador.

Los abogados patronos y defensores de oficio, serán designados por la parte, mediante ocurso presentado al juzgador; entendiéndose que por el solo hecho de su designación, están autorizados para llevar a cabo todos los actos que correspondan a la parte que los designó, excepto los que impliquen disposición del derecho en litigio y aquellos que por ley estén reservados a la persona del interesado.

La parte podrá comparecer a las audiencias asistido de un abogado, autorizándolo para intervenir únicamente en ese acto, en cuyo caso, se hará constar esta circunstancia en el acta respectiva.

Cuando intervengan varios abogados patronos o procuradores, autorizados para actuar indistintamente, la carga comunicada por conducto de cualquiera de ellos, se entenderá impuesta a la parte. Así mismo, cualquiera de ellos, podrá promover a nombre de la parte el acto que a ésta le corresponda



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 120 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...118 119 120 121 122 ...1200

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse