Imprimir

Código Procesal Civil Artículo 549 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil Coahuila
Artículo 549. Procedimiento de declaración de ausencia

El juzgador en el mismo auto por el que abre el procedimiento, mandará requerir al solicitante para que mediante la declaración de dos testigos y con la asistencia del representante del desaparecido justifique los supuestos previstos por el Código Civil para declarar en forma la ausencia.

Si el juzgador encuentra fundada la solicitud, dispondrá que ésta se publique durante tres meses, con intervalos de quince días en el Periódico Oficial del Estado y en el portal electrónico destinado para ello y, en su caso, remitirá copia de los escritos a los cónsules mexicanos, como se indica en el artículo 547 de este código.

Pasados cuatro meses de la fecha de la última publicación, si no hubiere noticia del ausente ni oposición del representante o de algún interesado, el juzgador declarará en forma la ausencia; ratificará en su cargo al administrador representante, si no hubiere motivo para sustituirlo y mandará publicar la declaración por tres veces de siete en siete días en el Periódico Oficial del Estado y en el portal electrónico destinado para ello.

El fallo que se pronuncie en el juicio de declaración de ausencia, será apelable en el efecto devolutivo



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 549 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...547 548 549 550 551 ...1200

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse