Código Procesal Civil Artículo 57 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil
Artículo 57. Controversias de competencia
Los conflictos de competencia se presentan cuando dos órganos jurisdiccionales del Estado de Coahuila, pretendan conocer o dejar de hacerlo, respecto de negocios, basados en alguno de los criterios fijados en el artículo 26 de este Ordenamiento, y su promoción, procederá por la vía de la declinatoria, previo el cumplimiento del artículo 19, fracción IX de este código.
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