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Código Procesal Familiar Artículo 413 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Familiar Morelos
Artículo 413. SENTENCIAS DICTADAS POR EL TRIBUNAL SUPERIOR

En el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. El Magistrado que no estuviere de acuerdo con el voto mayoritario, deberá emitir su voto particular por escrito, expresando de manera sucinta los fundamentos de su voto en contra, con la obligación de firmar la sentencia.  



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