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Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 317 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código Procesal Penal Acusatorio
Artículo 317. Imposición de Medida Cautelar y Plazo judicial para el cierre de investigación

Dictado el auto de vinculación a proceso, el Agente del Ministerio Público podrá solicitar la imposición de una medida cautelar o que subsista la impuesta y el Juez previo debate resolverá.

El Juez de oficio o a solicitud de las partes, fijará un plazo para el cierre de investigación, tomando en cuenta la naturaleza de los hechos atribuidos y la complejidad de la misma,

el cual no podrá exceder de dos meses, en caso de que el delito merezca pena que no exceda de dos años de prisión, o de seis meses, si la pena excediere de ese tiempo



Estado de Tabasco Artículo 317 Código Procesal Penal Acusatorio
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?


La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?


Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


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